ACOLFUTPRO

Asociación Colombiana de Futbolistas Profesionales

2019 | Querella laboral

Ante la negativa de la FCF y la Dimayor para iniciar la negociación del pliego de peticiones radicado desde el 11 de septiembre del 2019, el 10 de octubre de ese mismo año ACOLFUTPRO radicó una querella laboral ante el Ministerio del Trabajo, solicitando a esa autoridad que aplicara lo establecido en el num. 2 Art. 433 del Código Sustantivo del Trabajo, que dice:

2. El empleador que se niegue o eluda iniciar las conversaciones de arreglo directo dentro del término señalado será sancionado por las autoridades del trabajo con multas equivalentes al monto cinco (5) a diez (10) veces el salario mínimo mensual más alto por cada día de mora, a favor del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA. Para interponer los recursos legales contra las resoluciones de multa, el interesado deberá consignar previamente su valor a órdenes de dicho establecimiento.