Justicia para Maritza López: un hito gremial en el FPC

Gracias al apoyo de ACOLFUTPRO, la futbolista del Deportivo Pasto Maritza Jidney López, obtuvo un fallo de tutela que protege sus derechos fundamentales a la salud, vida digna, trabajo, mínimo vital e igualdad. La arquera sufrió una grave lesión de rodilla durante un entrenamiento y pasó más de cinco meses sin atención médica ni reconocimiento de sus incapacidades laborales, omisión que vulneró su salud y sus ingresos.

El 3 de febrero de 2025, durante un entrenamiento oficial con el Deportivo Pasto, la arquera Maritza Jidney López Guerrero sufrió una grave lesión: ruptura del ligamento cruzado anterior (LCA) y daño en la raíz del menisco lateral de su rodilla izquierda. Lo que parecía un accidente deportivo más se convirtió en una batalla jurídica que hoy marca un precedente gremial: el Juzgado Primero Administrativo de Pasto falló a favor de Maritza, tutelando sus derechos fundamentales y ordenando atención médica inmediata.

Desde el primer momento, el equipo jurídico de ACOLFUTPRO, con el abogado Eduardo Ramírez, acompañó a Maritza, presentó la tutela y logró este fallo, con lo que se reafirma la capacidad técnica y estratégica del equipo legal de la agremiación.

¿Qué pasó y por qué se presentó la tutela?
  • Maritza estaba vinculada laboralmente al Deportivo Pasto desde el 1 de febrero de 2025, afiliada a la ARL Positiva y a la EPS Sanitas.
  • El 3 de febrero, sufrió una lesión grave en su rodilla durante un entrenamiento oficial. El club reportó el hecho como accidente de trabajo.
  • El diagnóstico médico fue claro: ruptura del LCA y lesión meniscal. Se ordenó cirugía reconstructiva urgente.
  • La ARL Positiva negó la cobertura, calificando parte de las lesiones como de origen común.
  • La Junta Regional de Calificación de Invalidez de Nariño, el 17 de mayo, dictaminó que las lesiones sí eran de origen laboral.
  • A pesar del dictamen, la ARL apeló la decisión y no autorizó la cirugía ni asumió el pago de incapacidades.
  • La EPS Sanitas tampoco actuó, dejando a Maritza sin tratamiento ni ingresos durante más de cinco meses.
¿Qué ordenó el juez?
  • A la Eps Sanitas: autorizar y realizar la cirugía en 48 horas, incluyendo todos los insumos requeridos.
  • A la ARL Positiva: continuar con el seguimiento médico y respetar el dictamen de origen laboral.
  • A ambas entidades: abstenerse de usar excusas administrativas para negar atención médica urgente.

Además, el juez tuteló los derechos fundamentales de Maritza: salud, vida digna, trabajo, mínimo vital e igualdad. Citó jurisprudencia constitucional y reafirmó que ninguna controversia entre entidades puede dejar en el abandono a una deportista lesionada.

La voz de Maritza sobre este logro y el apoyo de ACOLFUTPRO

Lea aquí las declaraciones de la futbolista y la interesante reflexión que hizo para que estos casos no se vuelvan a presentar en el fútbol colombiano.

¿Por qué marca un precedente?

Este fallo reafirma principios clave:

  • Continuidad en salud: ninguna disputa entre EPS y ARL puede suspender un tratamiento urgente.
  • Presunción de origen común: mientras no haya dictamen definitivo, la EPS debe garantizar la atención.
  • Primacía del dictamen médico: la orden del médico tratante es vinculante.
  • Protección del mínimo vital: negar atención y pago de incapacidades vulnera la subsistencia del trabajador.
 En segunda instancia se confirmó el fallo en su totalidad

El 4 de agosto de 2025, el Tribunal Administrativo de Nariño confirmó el fallo de tutela que protege a Maritza López, reafirmando que sus lesiones tienen origen laboral y que la atención médica no puede seguir aplazándose por disputas entre entidades. La decisión ratifica que la arquera debe recibir cirugía reconstructiva y tratamiento integral, sin esperar el dictamen definitivo de la Junta Nacional.

El Tribunal fue enfático: la controversia entre la EPS y la ARL no puede convertirse en una barrera de acceso a la salud, especialmente tratándose de una futbolista profesional cuya integridad física es esencial para su trabajo. Además, recordó que el principio de continuidad obliga a garantizar la atención médica sin interrupciones, y que el criterio del médico tratante debe ser respetado.

Este segundo fallo no solo respalda la decisión inicial, sino que refuerza el precedente gremial: los derechos fundamentales de los futbolistas lesionados deben prevalecer sobre cualquier trámite administrativo. Mientras Maritza espera la cirugía, el sistema sigue en deuda con ella.